Tierno hace uso del Derecho de Réplica
El ex intendente santarroseño Juan Carlos Tierno solicitó hacer uso de su derecho a réplica en Diario La Campana, luego de haber sido mencionado con motivo de comparar la situación de la intendenta de Realicó, Roxana Lercari, con los motivos de la intervención al gobierno municipal que él encabezaba, en el año 2008. Este diario digital resolvió publicar textualmente los conceptos del actual ministro de Seguridad provincial:
1 – lo presentado como intervención al municipio santarroseño fue como lo dije reiteradamente, una alteración del sistema democrático, producido por grupos de interés político-mediáticos y personas vinculadas con el tráfico de sustancias ilícitas.
2- que fue manifiesto, evidente, público y notorio el manejo que se realizó por grupos que organizaron dicho ataque y posterior destitución, de impedir la gobernabilidad del municipio santarroseño, el lo que refiere fundamentalmente al funcionamiento del Concejo Deliberante santarroseño, el mismo fue bloqueado por los concejales del denominado Frepam, invocando estar en contra de lo que ellos llamaban “tarifazo” del 45% promedio, que se propuso en el Proyecto de Presupuesto y Ordenanza Tarifaria que se remitiera, junto con cinco proyectos más, convocando a sesiones extraordinarias al Concejo, en los últimos días de diciembre, del año 2007. Que las cinco veces que se los convocó, no concurrieron, bloqueando el sistema institucional del municipio de Santa Rosa. Que era prioritario y fundamental para la marcha del municipio el pago de sueldos y el desenvolvimiento de las funciones esenciales del mismo la vigencia del Presupuesto, acorde al nuevo organigrama.
3- Antes de concluir su mandado, el anterior Concejo Deliberante había sancionado una Ordenanza creando un nuevo organigrama, vigente a partir del 10 de diciembre de 2007, fecha de asunción del suscrito como intendente.
4- Esta nueva Ordenanza, con nuevo Organigrama, impedía absolutamente la prórroga del Presupuesto anterior. Porque es imposible adjudicar partidas, respecto de un organigrama donde existen áreas y reparticiones totalmente distintas. Por lo tanto, y ante dicho bloqueo institucional y dentro de una obligación legal de evitar dicho bloqueo y esa parálisis institucional, se ejerció la obligación determinada en el Art. 67, inc. 9, de la Ley Orgánica de Municipios que textualmente determina: “el intendente, durante el receso del Concejo Deliberante, podrá dictar Resoluciones sobre materia de competencias exclusivas del Concejo, remitiéndolas posteriormente para su sanción al mismo”. Fue lo que se hizo, y ni bien se dictó la Resolución, los mismos concejales que impidieron reiteradamente el funcionamiento institucional, fueron a hacer una denuncia, imputando abuso de autoridad.
5- Tiempo después se hace la destitución del gobierno municipal elegido por la mayoría del pueblo de Santa Rosa, bajo forma de intervención, en una Ley que consigna como únicos supuestos argumentos que el intendente dictó Resoluciones cuestionadas y motivo de denuncia judicial, precisamente aludiendo a la denuncia de concejales radicales, entre los cuales estaba el hoy intendente Altolaguirre. Por lo tanto, de ninguna manera se adoptó ninguna recisión ni resolución por fuera de las normas legales vigentes, pero sí se impidió quedar en un bloqueo institucional, que era el objetivo de los grupos que lo que perseguían, ni más ni menos, era un golpe de estado.