Diario La Campana

Diario online

Ordenan a un colegio de City Bell reincorporar a los hijos de Rodrigo Rey tras un fallo por discriminación

El Juzgado de Garantías del Joven N°3 de La Plata hizo lugar al amparo presentado por el arquero de Independiente, Rodrigo Rey, y su pareja, contra la Fundación José Manuel Estrada, luego de que un colegio de City Bell decidiera no renovar la matrícula de sus hijos para el ciclo lectivo 2025. La medida judicial obliga a la institución a garantizar la continuidad escolar de los dos hermanos y a adoptar medidas específicas para asegurar la inclusión del menor, Benicio, diagnosticado con autismo.

La familia sostuvo que la decisión de la escuela vulneraba el derecho a la educación y constituía un acto discriminatorio hacia su hijo. En el fallo, el tribunal coincidió con ese planteo y calificó la situación como un caso de discriminación indirecta, al considerar que la exclusión produjo un impacto desproporcionado “por motivos de discapacidad” y que la institución no logró acreditar una razón legítima para negar las vacantes.

La resolución ordena garantizar que Benicio reciba una educación plena, integradora e inclusiva, con los ajustes necesarios para atender sus particularidades y promover su desarrollo integral. Además, establece que ambos niños deben continuar sus estudios en la misma escuela y dispone capacitaciones obligatorias en discapacidad y derechos humanos para todo el personal docente y administrativo, como medida de no repetición.


Si querés, te preparo también un título y bajada.

El Juzgado de Garantías del Joven N°3 de La Plata hizo lugar al amparo presentado por el arquero de Independiente, Rodrigo Rey, y su pareja, contra la Fundación José Manuel Estrada, luego de que un colegio de City Bell decidiera no renovar la matrícula de sus hijos para el ciclo lectivo 2025. La medida judicial obliga a la institución a garantizar la continuidad escolar de los dos hermanos y a adoptar medidas específicas para asegurar la inclusión del menor, Benicio, diagnosticado con autismo.

La familia sostuvo que la decisión de la escuela vulneraba el derecho a la educación y constituía un acto discriminatorio hacia su hijo. En el fallo, el tribunal coincidió con ese planteo y calificó la situación como un caso de discriminación indirecta, al considerar que la exclusión produjo un impacto desproporcionado “por motivos de discapacidad” y que la institución no logró acreditar una razón legítima para negar las vacantes.

La resolución ordena garantizar que Benicio reciba una educación plena, integradora e inclusiva, con los ajustes necesarios para atender sus particularidades y promover su desarrollo integral. Además, establece que ambos niños deben continuar sus estudios en la misma escuela y dispone capacitaciones obligatorias en discapacidad y derechos humanos para todo el personal docente y administrativo, como medida de no repetición.