
La Justicia declaró inválido el veto de Milei a la Ley de Emergencia en Discapacidad
El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, declaró inconstitucional el decreto con el que el presidente Javier Milei había vetado la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, una norma destinada a regularizar pagos y actualizar aranceles para prestadores del sistema.
La decisión judicial respondió a la acción presentada por los padres de dos niños de 11 años con Certificado Único de Discapacidad (CUD), quienes advirtieron que el veto ponía en riesgo la continuidad de sus tratamientos.
En el fallo, el magistrado consideró que los fundamentos del Ejecutivo eran “arbitrarios” y en contradicción con obligaciones constitucionales e internacionales. Señaló que el desfinanciamiento del sistema afecta derechos básicos como salud, educación y rehabilitación, y que el Estado debe priorizar la protección de grupos vulnerables por sobre las restricciones presupuestarias.
El juez citó la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ratificó la obligación de no regresividad en materia de derechos. Por eso, declaró la invalidez del Decreto 534/2025, que había anulado la norma.
La familia denunciante sostuvo que la decisión presidencial había generado incertidumbre y riesgo de interrupción en los tratamientos, dado que los aranceles resultan insuficientes y los prestadores tienen dificultades para sostener la calidad del servicio.
La ley sancionada en julio de 2025, junto con la extensión de la moratoria previsional y un aumento a las jubilaciones, establecía un régimen integral de emergencia en discapacidad hasta 2026. Sin embargo, Milei la vetó con el argumento de que ponía en peligro el equilibrio fiscal.
“La política del superávit fiscal es permanente”, había afirmado el presidente tras la aprobación parlamentaria, anticipando que resistiría la norma en todas las instancias.