
Los Centros de Estudiantes se mantendrán abiertos en las cárceles
Luego de una presentación de hábeas corpus realizada por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) junto a la Defensoría General de la Nación, la Justicia resolvió que los centros de estudiantes en contextos de encierro deben permanecer abiertos y disponibles para que los alumnos privados de su libertad puedan utilizarlos “el tiempo que sea necesario”.
La decisión fue tomada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°16, que dispuso que los internos puedan usar esos espacios educativos “para el estudio autónomo y demás actividades extracurriculares propias de su formación académica”.
Además, se estableció que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) no podrá determinar de forma unilateral cuánto tiempo pueden permanecer allí los estudiantes, sino que esa decisión deberá tomarse en conjunto con la Universidad de Buenos Aires (UBA).
La medida judicial se pronuncia en contra de la Resolución 372/2025 del Ministerio de Seguridad, publicada en el Boletín Oficial el pasado 25 de marzo, que disponía: “No permitir la permanencia de personas privadas de la libertad en los centros educativos o espacios de estudio fuera del horario en que deben asistir a las clases asignadas a cada uno de los internos”.
En ese mismo documento oficial, se cuestionaba la dinámica organizativa de los centros de estudiantes, al sostener que “tergiversa la finalidad de readaptación social de los internos toda vez que impide, en los hechos, el cumplimiento de las pautas del régimen de progresividad”.
Contrariamente, el juzgado consideró que esos espacios resultan fundamentales para el proceso de reinserción: “La progresividad en materia de enseñanza desaconsejaría, en principio, la reducción o anulación de espacios específicamente propicios para el estudio, en cuanto a ambiente y recursos en comparación con el escenario que puede imaginarse en los pabellones de alojamiento y/o de otros usos comunes con el resto de la población carcelaria”.
También se advirtió que “la aplicación, lisa y llana, de la Resolución Ministerial Nº 372/2025, en cuanto acota el acceso de la población penitenciaria a los espacios de estudio solo al tiempo de dictado de clases, tiene entidad para ocasionar serios obstáculos y retrasos en la carrera académica”.
Antecedentes del reclamo
El recurso presentado por la PPN y la Defensoría había sido desestimado previamente por el Juzgado Federal N°1, encabezado por Sebastián Ramos, quien consideró que la Procuración no tenía legitimidad para representar a los detenidos. Esta resolución motivó una nueva presentación de las entidades con un pedido de nulidad y una medida cautelar.
Ahora, el fallo en el marco de esa medida cautelar establece que la Resolución 372/2025 no podrá aplicarse mientras dure el trámite judicial por el hábeas corpus, hasta tanto haya una sentencia definitiva.
Protesta en Devoto
Los días 2 y 3 de abril, una manifestación nocturna en el penal de Devoto visibilizó el malestar entre los internos ante las restricciones al uso de los centros educativos. Se registraron focos de fuego con quema de objetos y pancartas en las ventanas del establecimiento con frases como “tenemos derecho a la educación” y “la universidad es de todos”.
El episodio reavivó entre algunos vecinos del barrio la exigencia de trasladar la cárcel a Marcos Paz, una propuesta que distintas gestiones aún no han concretado.