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Alcohol en la laguna: sospechosa licitación

El intendente de Santa Rosa, Leandro Altolaguirre, autorizó la venta de alcohol en el predio de la Laguna Don Tomás a contramano de una Resolución del año 1997, que indicaba justamente lo contrario.
El cerco mediático del que parece gozar a veces el intendente Leandro Altolaguirre no llega a La Campana. A casi 48 horas de la inauguración de la concesión del resto-bar de la laguna, muy pocos parecen haberse percatado de la flagrante falta en la que habrían incurrido el lord mayor y sus funcionarios.
“Una Resolución puede dar de baja a otra Resolución”, dijeron a coro un concejal oficialista y una funcionaria del gabinete municipal. La frase es veraz, en caso de que se hubiera dictado una nueva Resolución. Al menos hasta el fin de semana no existía esa Resolución, derogando la de 1997. Mucho menos al momento de otorgar la concesión.
El otro argumento esgrimido desde el oficialismo municipal es que la habilitación otorgada a la concesión de la confitería de la laguna era para un restaurante, y que los restaurantes están autorizados para la venta de bebidas alcohólicas. El pretexto se cae por su propio peso, ya que la Resolución de 1997 no deja lugar a dudas cuando les indica a los concesionarios de negocios gastronómicos que “no les está permitida la venta y/o expendio de bebidas alcohólicas en el predio del Centro Recreativo “Don Tomás”. Por lo tanto, se autorizó expendio de bebidas alcohólicas estando vigente una Resolución que indica lo contrario.
Párrafo aparte merece el proceso de licitación mismo. Según dicen algunos que tuvieron acceso al pliego licitatorio de la concesión, en ningún lado se menciona que estaría permitido el expendio de alcohol en el local.
Más aún, el llamado a licitación de la concesión, autorizado por la Ordenanza 5754/17, dice “Autorízase la Concesión mediante el llamado a Licitación Pública, para contratar la prestación de los servicios de la “Confitería Recreo La Isla” de la Laguna Don Tomás de la ciudad de Santa Rosa. A tal fin el Departamento Ejecutivo, procederá a la aprobación de los Pliegos de Bases y Condiciones correspondiente al llamado a Licitación conforme lo establece el Artículo 67 inc. 21) de la Ley 1597 -Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”. Claramente se habla de “confitería” y no de “restaurante”, como intentaron justificar las fuentes oficiales consultadas. En todo caso, licitaron algo que no estaba autorizado por el cuerpo deliberativo.
Otro de los puntos oscuros que podrían ser motivo de impugnación, y hasta de alguna presentación judicial, es si algún empresario gastronómico local se presenta en queja porque al estar vigente la Resolución del año 1997 no les parecía redituable presentarse a la licitación, y ahora sí se vende alcohol.
De hecho, resulta irrisorio que el concesionario pague un canon de 5000 pesos el primer año, 6000l el segundo y 7.300 el tercero, por el alquiler de un restaurante, cuando en el mercado santarroseño no se paga ni un monoambiente por esa cifra. La suma total de la concesión otorgada es de 218.400 pesos, cuando el presupuesto oficial era de 270.000 pesos.