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Argentina y el FMI: implicancias del nuevo Acuerdo de Facilidades Extendidas

El pasado 11 de abril de 2025, el Gobierno argentino firmó un nuevo Acuerdo de Facilidades Extendidas con el Fondo Monetario Internacional (FMI), que se suma al programa previo vigente desde 2022. Este acuerdo contempla el desembolso de fondos hasta el año 2029, concentrando aproximadamente el 75% de los recursos en 2025. El período de repago se extenderá entre 2030 y 2039.

Este acuerdo constituye el número 23 en la historia de la relación entre Argentina y el FMI. Desde su adhesión al organismo en 1956, el país ha mantenido una prolongada vinculación con programas de asistencia financiera. La etapa más extensa sin acuerdos vigentes fue entre 2006 y 2018, tras la cancelación anticipada de deuda en el primer caso.

La deuda actual de Argentina con el FMI se sitúa en aproximadamente 64.500 millones de dólares, lo que representa cerca del 25% del total de la deuda externa del país. Se trata del mayor nivel de endeudamiento de un país miembro con el organismo, equivalente a cerca del 40% de la cartera total de préstamos del Fondo.

Características del nuevo programa

El nuevo acuerdo establece desembolsos excepcionales por su magnitud y velocidad. En particular, el calendario contempla un ingreso de 15.000 millones de dólares durante el año en curso. Esto configura una dotación de reservas para el Banco Central significativamente superior a las necesidades de pago previstas en el acuerdo anterior.

El programa establece una serie de condicionalidades y compromisos estructurales, entre los que se incluyen reformas en los sistemas tributario y previsional, la revisión de la coparticipación federal, la eliminación de fondos fiduciarios (salvo el destinado al consumo de gas natural), modificaciones al régimen laboral y el avance en la privatización de empresas públicas. Asimismo, se identifican sectores estratégicos, tales como energía, minería, agroindustria y economía del conocimiento, como ejes del perfil productivo a fomentar.

Aspectos institucionales y legales

La aprobación del acuerdo por parte del Congreso Nacional se limitó a la convalidación de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en una sola cámara, sin haberse conocido previamente el contenido íntegro del convenio. Este procedimiento ha sido objeto de cuestionamientos por su adecuación al artículo 75 de la Constitución Nacional, que atribuye al Poder Legislativo la potestad de autorizar el endeudamiento público y de aprobar los tratados internacionales.

Sostenibilidad financiera

El documento oficial del acuerdo incluye consideraciones sobre los riesgos de sostenibilidad del programa. Se estima que a partir de 2030 el servicio de deuda con el FMI requerirá alrededor del 9% de las exportaciones anuales y el 15% de las reservas proyectadas. La viabilidad del esquema se sustenta en la expectativa de que Argentina recupere el acceso a los mercados voluntarios de crédito a partir de 2026. Esta hipótesis también fue contemplada en los acuerdos anteriores, sin haberse materializado hasta el presente.

Consideraciones de largo plazo

El acuerdo suscripto implica un marco de política económica con efectos de largo plazo, más allá de la actual administración. El conjunto de medidas comprometidas apunta a una reconfiguración del rol del Estado en la economía, con un énfasis en la disciplina fiscal, la liberalización de mercados y la atracción de inversiones en sectores intensivos en recursos naturales.

Este enfoque ha sido objeto de análisis y debate entre distintos sectores académicos, económicos y políticos, en tanto remite a experiencias previas de reformas estructurales que tuvieron lugar en las décadas anteriores. En este sentido, se señala la necesidad de evaluar sus posibles impactos en el crecimiento económico, la inclusión social y el desarrollo productivo.

El nuevo Acuerdo de Facilidades Extendidas entre Argentina y el FMI configura un compromiso financiero y político de magnitud, con implicancias directas sobre la política económica y la sostenibilidad fiscal del país en los próximos años. Su implementación y eventual renegociación requerirán instancias institucionales de deliberación que contemplen tanto la viabilidad macroeconómica como los objetivos de desarrollo de largo plazo.