Condenaron a 4 cazadores por agredir a un policía
Cuatro cazadores fueron condenados hoy por los delitos de lesiones leves agravadas, abandono de persona, atentado y resistencia a la autoridad, en perjuicio de un policía, e infracción a la Ley 22.421 de Protección y Conservación de Fauna Silvestre, a la pena de dos años de prisión en suspenso y seis de inhabilitación especial “para efectuar actividades de caza que requieran autorización por parte de autoridad competente”.
La resolución del juez de control de Santa Rosa, Néstor Daniel Ralli, contra Gabriel Alejandro Nigro, José Délfor Cabrera, Alexis Aníbal Ariel Dejesúsl, y Sergio Alberto Ruiz, fue dictada en el marco de un procedimiento de juicio abreviado convenido entre el fiscal Oscar Cazenave, los defensores y los propios imputados.
El juez, con las pruebas incorporadas a la causa, dio por probado que el 13 de febrero pasado, a la mañana, Nigro, Cabrera, Dejesús y Ruiz “agredieron con una multiplicidad de golpes de puño y patadas, en diversas partes del cuerpo, al oficial subinspector Claudio Alejandro Netto, provocándole heridas sangrantes, hematomas y escoriaciones y pérdida de conocimiento”.
Además le “sustrajeron las llaves del vehículo policial en el que se conducía, dejándolo sin posibilidad de solicitar ayuda o retirarse del lugar. Ello en circunstancias en que la víctima se disponía a labrarles un acta de infracción por encontrarse cazando de manera irregular, habiendo tenido en ese momento un ejemplar joven de cerdo jabalí en la parte trasera de un Jeep sin dominio colocado”. El hecho ocurrió en un predio rural de Conhelo.
Nigro tiene 27 años y es empleado rural; Cabrera, 34 y está desempleado; Dejesús, 29 y es jornalero; y Ruiz, 34 y es trabajador rural. Originalmente hubo un quinto imputado que luego fue sobreseído. En el caso actuaron el defensor oficial Martín García Ongaro y los defensores particulares Gastón Gómez y Vanessa Ranocchia Ongaro.
Las pruebas que tuvo en cuenta Tedín fueron el acta de constatación, inspección ocular y secuestro, los certificados médicos, las fotografías del Jeep secuestrado y del ejemplar de cerdo jabalí, una copia certificada de acta de infracción labrada a los imputados y la declaración testimonial prestada por el policía.
“Más allá del reconocimiento realizado por los imputados, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos se encuentran debidamente probados habida cuenta de la descripción coincidente –en cuanto a las circunstancias de modo tiempo y lugar – dadas por el damnificado, las tomas fotográficas, el acta de infracción y lo informado por los facultativos de la salud” que atendieron a Netto, señaló el magistrado en la sentencia.
Además Tedín, atento a que las partes no habían fijado reglas de conducta para los acusados, les impuso a ellos las siguientes obligaciones durante dos años, bajo apercibimiento de revocarles la condicionalidad de las penas impuestas: fijar domicilio y someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal.