Diario la Campana

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No es periodismo

Por Lic. Sandra Miguez.

No es periodismo indagar sobre la vida privada de las personas, ni mostrar, relatar, publicar, difundir cuestiones de su intimidad.

No es periodismo exponer en un video privado y personalísimo, a una joven de la ciudad de Concordia con dos pilotos del TC.

Este material que circuló y se reitera en las redes sociales, en distintos soportes de Internet, y en distintos medios de comunicación como si fuera un hecho noticiable, no lo es. La difusión de ese video -de índole personal e íntima-, constituye una violación a  los derechos personalísimos a la intimidad, la dignidad, el honor y  la imagen, tal como lo señala el Código Civil de nuestro país –que expresamente en el artículo 52  establece: “Afectaciones a la dignidad La persona humana lesionada en su intimidad personal o familiar, honra o reputación, imagen o identidad, o que de cualquier modo resulte menoscabada en su dignidad personal, puede reclamar la prevención y reparación de los daños sufridos, conforme a lo dispuesto en el Libro Tercero, Título V, Capítulo 1”.

La difusión del mismo y la publicación de fotos de la joven, su familia y demás allegados, son una directa forma de revictimización, y reproduce un esquema patriarcal que es aquel que apela a adoctrinar a las mujeres respecto de lo que se les “exige” hacer o no  en la intimidad. La divulgación de los datos personales de la joven como si fuera una noticia, refuerza la idea de que es el poder masculino el que posee la potestad de someter a un proceso de degradación a la mujer, todas las veces que lo crea necesario o simplemente desee hacerlo. Estas son las nuevas formas de control -grabar, filmar y difundir- que buscan recuperar el sometimiento de las mujeres -dentro y fuera de la casa-, estableciendo arbitrariamente que es correcto o  incorrecto.  Esta modalidad viola la  “Convención de Belém do Pará”: Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer, que considera que el reconocimiento y el respeto irrestricto de todos los derechos de la mujer son condiciones indispensables para su desarrollo individual y para la creación de una sociedad más justa, solidaria y pacífica; y manifiesta su preocupación por la violencia en que viven muchas mujeres de América, sin distinción de raza, clase, religión, edad o cualquier otra condición. Es tambien una clara violación a la Ley Argentina de protección Integral a las Mujeres -Ley 26.485- que busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. El hecho en sí mismo  constituye un claro ejemplo de Violencia de género, simbólica y emocional mediática ya que el morbo y la falta de respeto son los únicos motivos reales que da cuenta de la circulación publica  de  un video que hace a la estricta intimidad de las personas, y se lo expone de modo tal que no solamente se están violentando los derechos de privacidad e intimidad de la joven, de la familia, sino también de la población en general ya que convierte así en público involuntario de escenas que nada aportan al bien común ni a la necesidad de la ciudadanía de estar informada.